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Noticias Agosto 2003

Un tratado internacional para el control del tabaco

Salud pública

 

En la actualidad, el consumo de tabaco es la principal causa de mortalidad evitable en el mundo. Habida cuenta de los 4,9 millones de defunciones anuales relacionadas con el tabaco, ningún otro producto de consumo es tan peligroso ni mata a tantas personas como el tabaco. Pero gracias a la adopción de este tratado internacional nuevo y pionero, se podrá proteger a miles de millones de personas de las devastadoras repercusiones del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco.

El 21 de mayo de 2003 fue un día histórico para la salud pública mundial. En la 56a Asamblea Mundial de la Salud, los 192 Estados Miembros de la OMS adoptaron por unanimidad el primer tratado mundial de salud pública, el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. Negociado bajo el auspicio de la OMS, éste es el primer instrumento jurídico diseñado para reducir las defunciones y enfermedades relacionadas con el tabaco en todo el mundo. Ahora es decisivo que los países firmen y ratifiquen el Convenio lo antes posible.

Elementos clave del tratado

Entre muchas otras medidas, el tratado exige que los países impongan restricciones a la publicidad, el patrocinio y la promoción del tabaco; adopten un nuevo envasado y etiquetado de los productos de tabaco; establezcan controles para velar por un aire limpio en ambientes interiores; y fortalezcan la legislación para combatir enérgicamente el contrabando de tabaco.

Hechos sobre el tabaco

El tabaco causa alrededor de 13 500 defunciones por día
La mitad de los niños están expuestos al humo del tabaco en la propia vivienda
El 47,5% de los hombres fuman
El 10,3% de las mujeres fuman
El tabaco causa graves problemas de salud 
El cigarrillo es el único producto de consumo legalmente disponible que mata a quien lo consume normalmente

 

Publicidad, patrocinio y promoción
Se publicitan productos de tabaco en competiciones deportivas, conciertos y películas, así como a través de la moda y, en realidad, en cualquier lugar desde el cual la industria tabacalera pueda dirigirse a nuevos fumadores potenciales. El tratado obliga a los Estados Partes a proceder a una prohibición integral de la publicidad, la promoción y el patrocinio del tabaco, en la medida en que lo permitan sus respectivas constituciones. Las Partes cuya constitución o principios constitucionales no permitan una prohibición integral deben aplicar una serie de restricciones a toda publicidad, promoción y patrocinio.


Envasado y etiquetado de los productos de tabaco


A medida que se aplican las restricciones a la publicidad, el envasado del tabaco desempeña una función cada vez más importante en el consumo del producto. El tratado obliga a los Estados Partes a adoptar e introducir en los productos de tabaco y el envasado externo de los mismos advertencias y mensajes sanitarios grandes, claros, visibles, legibles y rotativos que ocupen al menos el 30% de la superficie externa principal. Esto se exige dentro de un plazo de tres años a partir de la entrada en vigor del Convenio.


Protección de la exposición al humo de tabaco


El humo de tabaco de segunda mano es una amenaza real y considerable para la salud pública. Los niños corren riesgos particulares; la exposición de los niños al humo de tabaco puede causar afecciones respiratorias, enfermedades del oído medio, ataques de asma y síndrome de muerte súbita del recién nacido (SMSRN). El tratado obliga a los Estados Partes a adoptar y aplicar (en las áreas sometidas a la jurisdicción nacional vigente y de conformidad con la legislación nacional o promover (en otros niveles jurisdiccionales) medidas eficaces que protejan de la exposición al humo de tabaco en lugares de trabajo interiores, transportes públicos, lugares públicos interiores y, según convenga, otros lugares públicos.


Comercio ilícito de productos de tabaco

Los cigarrillos son objeto frecuente de contrabando en todo el mundo. Además de conseguir que las marcas internacionales sean más asequibles y accesibles, los cigarrillos que son objeto de comercio ilegal evaden las restricciones y la reglamentación sanitaria. El tratado obliga a los Estados Partes a adoptar y aplicar medidas eficaces para eliminar el comercio ilícito, la fabricación ilícita y la falsificación de productos de tabaco.


El reto de la aplicación

Para que el tratado entre en vigor, lo deben firmar y ratificar 40 países. El tratado quedó abierto a la firma de los países el 16 de junio de 2003 en la sede de la OMS Ginebra. Desde el 30 de junio 2003-29 de junio de 2004, está abierto a la firma en la sede de las Naciones Unidas, en Nueva York. La firma del tratado representa una expresión de apoyo político y buena fe antes de la ratificación. Hasta la fecha, 46 países y la Comisión Europea han firmado el tratado y un país, Noruega, lo ha ratificado.

El desafío radicará en aplicar el tratado y llevarlo a la práctica sobre el terreno. Esto requerirá el establecimiento de los fundamentos técnicos necesarios y la incorporación de las disposiciones del tratado en las leyes nacionales. La OMS está facilitando directrices y material para ayudar a los países a este respecto. Sin embargo, éstos ya lo están utilizando para fortalecer el control del tabaco. Por ejemplo, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte está reevaluando sus políticas sobre la exposición al humo de segunda mano en los lugares públicos; la República Popular Democrática de Corea ha anunciado que duplicará el precio de los cigarrillos para reducir el consumo; la República Unida de Tanzanía ha prohibido fumar en los lugares públicos; y Tailandia se está ocupando de cuestiones transfronterizas y en el contrabando del tabaco.


Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco

La idea de un instrumento internacional para el control del tabaco surgió en mayo de 1995 en la 48a Asamblea Mundial de la Salud. Al año siguiente, la 49a Asamblea Mundial de la Salud adoptó la resolución WHA49.17, en la que pide al Director General que elabore un convenio marco de la OMS para el control del tabaco. Así nació oficialmente la primera actividad legislativa de la OMS. Un año después, en 1999, cuando la Dra. Gro Harlem Brundtland, en ese momento Directora General de la OMS, priorizó el control mundial del tabaco, comenzó la labor relacionada con el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.
 


Casi 20 resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud han abordado el control del tabaco. Numerosas campañas de control del tabaco de la OMS y otros han surtido efecto.

Sin embargo, la diferencia con el Convenio del Marco de la OMS para el Control del Tabaco, es que para los países que ratifican el tratado, las obligaciones serán jurídicamente vinculantes una vez que entre en vigor el tratado en su totalidad. A menos que los países apliquen eficazmente las disposiciones del nuevo tratado, las defunciones relacionadas con el tabaco podrían alcanzar más de nueve millones para 2020.

 

Fuente: www.who.org, 12 de agosto de 2003


Fecha de publicación : 10.08.2003

 

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